Cuatro documentos estructuran el ordenamiento jurídico del Estrecho: una convención multilateral, dos tratados bilaterales y un decreto con fuerza de ley.
01 · CONVEMAR (1982, ratificada 1997)
Convención multilateral1982 Vigente
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar
Parte II · Artículo 7 · Parte III
Los estrechos utilizados para la navegación internacional son reconocidos bajo un régimen de paso en tránsito inocente (art. 38). Las aguas interiores históricas conservan su régimen propio (art. 7 y 10).
Adopción
Montego Bay, 10·dic·1982
Entrada en vigor
16·nov·1994
Ratificación CL
DS 1393, 25·ago·1997
Partes
168 estados
Fuente: https://www.un.org/Depts/los/
02 · Tratado de Límites (1881)
Tratado bilateral1881 Vigente
Tratado de Límites entre Chile y la República Argentina
Artículos 1, 2 y 5
El Estrecho queda neutralizado para siempre y la navegación es libre para las banderas de todas las naciones. Chile y Argentina se abstendrán de cobrar peaje alguno.
Firma
Buenos Aires, 23·jul·1881
Límite
Espíritu Santo → Estrecho
Tierra del Fuego
División 50/50
Navegación
Libre para todas las banderas
Fuente: https://www.bcn.cl/leyes
03 · DFL N.° 2.229 (1978)
Decreto con Fuerza de Ley1978 Vigente
DFL N.° 2.229 — Aguas interiores chilenas
Texto refundido DFL 1-19.522 (2000)
Promulgación
15·jun·1978
Refundido
2000 (DFL 1-19.522)
Carácter
Aguas interiores de Chile
Jurisdicción
SHOA · DIRECTEMAR
Fuente: https://www.bcn.cl/leyes
04 · Tratado de Paz y Amistad (1984)
Tratado bilateral1984 Vigente
Tratado de Paz y Amistad Chile-Argentina
Vaticano · Mediación S.S. Juan Pablo II
Las Partes reconocen y declaran como frontera internacional definitiva la establecida en el artículo 1 del Tratado de 1881, incluyendo el Estrecho de Magallanes como aguas interiores chilenas.